domingo , agosto 23 2026

Cláusula Novena: Bono Defunción Hijo/Cónyuge

La Empresa otorgará un bono de defunción por fallecimiento por cada hijo/cónyuge del trabajador afecto a este Contrato Colectivo, ascendente a $300.000 brutos, el que se pagará dentro de los 5 días siguientes luego de acreditado el hecho del fallecimiento. con el certificado correspondiente. Para acceder a este beneficio el Trabajador deberá tener una antigüedad mínima de 6 meses a la fecha del pago y deberá solicitar el beneficio dentro de los 3 meses siguientes al fallecimiento.

Para este caso en particular, el monto del Bono establecido en esta cláusula, se reajustará anualmente todos los 1 de diciembre de cada año, según la variación del IPC habida en los 12 meses inmediatamente anteriores.

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