viernes , diciembre 5 2025

Beneficios: CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA: BONO VACACIONES

La Empresa pagará a los Trabajadores un Bono de Vacaciones de $160.000.- brutos. Para tener derecho a este beneficio, el Trabajador debe hacer efectivas sus vacaciones por un período no inferior a 10 días hábiles continuos en cualquier periodo del año.

El pago de del Bono de Vacaciones será efectuado en quincena o a fines del mes anterior al que se hará uso del periodo de vacaciones, una vez que la solicitud de vacaciones sea aprobada por su jefatura en el sistema o plataforma habilitado para ello.

Para tener derecho al referido bono, el Trabajador deberá tener una antigüedad igual o mayor a 1 año al momento de iniciar su periodo de vacaciones.

Este monto será reajustado anualmente en el mes de diciembre de cada año según el 100% de la variación de IPC de los 12 meses anteriores.

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